Distintas administraciones con competencias en tráfico,
entre ellas la DGT, siguen sin aplicar los márgenes legales en las multas de
radares. Las sentencias favorables a los conductores se multiplican.
El tema no es nuevo, pero
la DGT y el resto de administraciones con competencias en
tráfico siguen sin aplicar los márgenes legales a las
multas referentes a radares. En
definitiva, siguen sin cumplir la Ley, la que nos obligan a cumplir a los demás.
Y los tribunales siguen fallando a favor de los
automovilistas que denuncian. La última sentencia de la que
tenemos constancia la de un Juzgado de lo Contencioso de Lugo. Su caso, similar
al de muchos automovilistas. Una conductora fue denunciada por circular a 71
km/h en un tramo de 50 imponiéndole una multa de 300 euros y 2 puntos. El radar
tomó la imagen a esa velocidad y en la sanción no se le aplicó margen alguno. El fallo del juzgado recoge que en estas
situaciones debe aplicarse un margen de error a la medición del radar.
Aplicando el error, la velocidad real a la que circulaba el vehículo era de 66
kilómetros por hora, lo que corresponde a una sanción de 100 euros y sin
retirada de puntos.
http://www.terra.tv/trs/video/516363
¿Qué margen nos tienen que dar?
Desde el año 2006, tal y como nos cuenta Automovilistas
Europeos Asociados, (AEA), los márgenes de error máximos permitidos en las
verificaciones periódicas realizadas por ensayos en carretera se fijaron en 4 km/h, para mediciones de
velocidad iguales o inferiores a 100 km/h realizadas por instalaciones fijas o del 4 por ciento caso de
velocidades superiores. En el caso de radares o
cinemómetros móviles, de 7 km/h para
mediciones de velocidad iguales o inferiores a 100 km/h y del 7 por ciento en el caso de
velocidades superiores). Los porcentajes se toman sobre la velocidad a la que
fue tomada la imagen.
¿Y Tráfico qué aplica? La DGT (como muchas
administraciones con competencias en este aspecto) no aplica margen,
sino que se remite al cuadro de sanciones previsto en el anexo de la Ley de
Seguridad Vial sin ninguna corrección. Una precisión: no hay ningún
radar o cinemómetro láser que tenga un 0 por ciento de error según el
Instituto Nacional de Metrología que es quien los homologa.Y hay algo peor. Si tras recibir una sanción injusta reclamas para pedir el documento de Metrología en el que figura el margen con el que el radar ha sido homologado, pierdes el descuento del 50 por ciento por "pronto pago".
FUENTE: http://www.autopista.es/reportajes/articulo/que-pasa-con-los-margenes-de-los-radares-97870
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