martes, 14 de enero de 2014

ORDEN DE PRIORIDAD EN ESTRECHAMIENTOS DE LA CALZADA.


En ocasiones se genera un conflicto de paso el cual debemos resolver.

Se entiende por estrechamiento el tramo de la vía en el que por su estrechez, es imposible o muy difícil el paso simultáneo de dos vehículos que circulen en sentido contrario.
El estrechamiento puede ser permanente, debido a la propia configuración de la vía o provisional, motivado por obras en la calzada o alguna circunstancia similar.
En ausencia de señalización, tendrá preferencia de paso, el vehículo que haya entrado primero, y, en caso de duda, se aplicaría el orden de preferencia.
Artículo 62. Orden de preferencia en ausencia de señalización.
 Cuando se trate de vehículos del mismo tipo o de supuestos no enumerados, la preferencia de paso se decidirá a favor del que tuviera que dar marcha atrás mayor distancia y, en caso de igualdad del que tenga mayor anchura, longitud o masa máxima autorizada.

Sin perjuicio de lo que pueda ordenar el Agente de la autoridad o, en su caso, indicar el personal de obras y el de acompañamiento de vehículos especiales o en régimen de transporte especial, el orden de preferencia entre los distintos tipos de vehículos cuando uno de ellos tenga que dar marcha atrás es el siguiente:

1º. Vehículos especiales y en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos.

 
2º. Conjunto de vehículos, excepto los contemplados en el número 4.

 
3º. Vehículos de tracción animal.

 
4º. Turismos que arrastran remolques de hasta 750 

kilogramos de masa máxima autorizada y autocaravanas.
 
5º. Vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros.

 
6º.Camiones, tractocamiones y furgones.

 
7º. Turismos y vehículos derivados de turismos.

 
8º. Vehículos especiales que no excedan de las masas o dimensiones establecidas en
las normas reguladoras de los vehículos, cuadriciclos y cuadriciclos ligeros.

 
9º. Vehículos de tres ruedas, motocicletas con sidecar y ciclomotores de tres ruedas.

 
10º. Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas.

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