martes, 3 de marzo de 2015

Obligaciones de los peatones y obligaciones de los conductores.



Del total de accidentes de tráfico que ocurren en nuestro país, un 10% están implicados peatones. Pero en las ciudades, el número de peatones fallecidos supone el 44% del total de los accidentes en núcleos urbanos.
Si comparamos los accidentes con peatones víctimas, tendremos que un 85% se producen en zonas urbanas, mientras que un 15% se producen en las carreteras
Y lo más preocupante, es que del total de peatones implicados en accidentes de tráfico, un 63% “cometía alguna infracción”, siendo la más habitual cruzar por lugares indebidos, no usar los pasos de peatones.
Si asumimos unos adecuados valores viales y actitud responsable con el tráfico, ello supondría reducir estas cifrar y mejorar la seguridad de todos.

Todo peatón debe cruzar preferentemente por los pasos señalados como “Paso Peatonal”, regulados o no por semáforo.
En su ausencia, debes cruzar por las esquinas o intersecciones, ya que los conductores de vehículos deben dar prioridad a los peatones que cruzan una intersección, aunque no exista un paso regulador.
Siempre debes mirar a ambos lados antes de cruzar.
En  los pasos de peatones regulados  semafóricamente, debes cruzar sólo y únicamente  cuando se encuentren en su fase verde para los peatones, nunca en otra situación.
Debes aguardar a que la circulación de vehículos se detengan y aun así, cerciórate que de los que se aproximan, se detengan
Bajo ningún concepto, debes irrumpir la calzada de forma antirreglamentaria. Además de provocar una situación de riesgo para tu integridad, tu conducta puede derivar en un grave riesgo de accidentes de tráfico para los demás usuarios de la vía.
Si cruzas por un lugar distinto al destinado para los peatones, recuerda, la prioridad la tienen los vehículos.
Por otra parte el conductor debe adaptar la velocidad a las características de la vía y el estado del tráfico.
Artículo 11 Normas generales de conductores
1. Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, personas ciegas o en general personas con discapacidad y con problemas de movilidad

Artículo 19 Límites de velocidad
1.     Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a las mismas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.
Cuando por parte Tanto del peatón como del conductor no cumplimos con estas normas, es cuando sucede el accidente. Como podemos ver en el vídeo.


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