Vean este
vídeo, en el que un accidente de trafico ocasionado por varias motivos, entre
las que se encuentran, suciedad en la calzada motivada por un vehículo, y el exceso
de velocidad.
Pero
independientemente de los motivos que generan el accidente. Podrán ver como un
gran número de usuarios incurren en el delito de omisión de socorro tipificado
en el código penal.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
TÍTULO IX
De la omisión del deber de socorroArtículo 195
1. El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
2. En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro, no demande con urgencia auxilio ajeno.
3. Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a 18 meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a cuatro años.
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